Nueva subida en la tarifa del impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos en Cataluña a partir de la temporada de verano de 2025

Si alquilamos nuestra casa de vacaciones en Catalunya a turistas, quienes se alojen en ella han de pagar la tasa turística (IEET), por persona y unidad de estancia, con un máximo de siete noches seguidas en el mismo alojamiento. Las tarifas varían según el tipo de alojamiento, su categoría y si se encuentra en la ciudad de Barcelona o en cualquier otro lugar de Catalunya.

Este impuesto va a volver a subir en 2025, ya que el gobierno autonómico de Catalunya ha decidido duplicar las cuotas del impuesto.  Además de este destacable aumento en la tasa autonómica, también todos los Ayuntamientos de Cataluña tienen la opción de añadir al impuesto autonómico catalán un recargo municipal, algo que hasta ahora solo se había aplicado en la ciudad de Barcelona. Por tanto, la cuantía por noche podrá variar, también fuera de Barcelona, entre unos municipios y otros, ya que dependerá de los ayuntamientos aplicar o no estos recargos. Pero, en cualquier caso, los suplementos municipales no podrán superar un importe máximo de 4 euros por noche. Por tanto, el importe máximo que se podrá cobrar fuera de la ciudad de Barcelona por la ocupación de una vivienda de uso turístico será de 6 euros.

La presentación de la declaración periódica de este impuesto autonómico sobre las estancias en establecimientos turísticos, así como los recargos municipales que se apliquen debe hacerse obligatoriamente de forma telemática. Este impuesto, además, puede formar parte de la base imponible para el cálculo del IVA, según las circunstancias. Por otro lado, el alquiler turístico siempre devenga impuesto sobre la renta, tanto si el propietario de la vivienda alquilada es residente en España como si es residente en el extranjero. Por eso es recomendable asesorarse por expertos en fiscalidad a la hora de alquilar nuestra casa de vacaciones.

Carlos Prieto Cid – Abogado

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